El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se desarrollan el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas. Se trata de una norma destinada a los polígonos industriales que permitirá aumentar la competitividad de las empresas al reducir sus costes energéticos por compartir un mismo punto de acceso al sistema eléctrico.
Las redes de distribución cerradas, según establece la normativa europea, son aquellas que suministran energía eléctrica a una zona industrial. Permiten agregar pequeños consumidores con distintas tensiones de red como si fueran un único gran consumidor conectado a una mayor tensión.
Sólo las empresas industriales pertenecientes a la categoría B o C de la Clasificación nacional de Actividades Económicas (CNAE) y aquellas que aun perteneciendo a los grupos D y E se computen como industriales a efectos estadísticos, podrán conformar una red de distribución cerrada. En la red podrán participar hasta 100 consumidores no industriales, siempre que tengan relación con las industrias, estén en el interior de la red o sean adyacentes a la misma, y no representen más del 2% del consumo eléctrico total.
Los industriales titulares de la red cerrada tendrán que construirla o comprarla a una compañía distribuidora, y serán los responsables de gestionarla, de invertir en su mantenimiento y de facturar por los peajes, cargos y otros costes a los consumidores conectados a ella, mientras que los comercializadores que vendan electricidad a los miembros de la red cerrada sólo facturarán por la energía consumida.