Las legislativas a nivel europeo, mediante las Directiva de eficiencia Energética de Edificios (EPBD), actualmente en revisión denominada EPBD recast, que han sido y serán traspuestas a legislación nacional, mediante el RD 178/2021, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. (RITE), el RD 390/2021, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (CEE), el RD 736/2020 por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios y el RD 732/2019 por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el RD 314/2006 (CTE).
Otra línea básica de impulso son las ayudas públicas, en este sentido han existido líneas de ayuda a la rehabilitación energética de edificios, gestionadas centralizadamente por el IDEA, durante el periodo 2013-2018, son las líneas de ayuda PAREE, PAREER-CRECE y PAREER II en donde se han gestionado unos 404 mill. € en subvención y financiación.
Actualmente se disponen de las nuevas líneas de ayuda surgidas del Consejo Europeo de 21 de julio de 2020, donde acordó un paquete de medidas de gran alcance que impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU») por valor de 750.000 mill. €.
Este Instrumento Europeo de Recuperación, que implicará para España unos 140.000 millones de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2026, abrirá una oportunidad extraordinaria para nuestro país. Entre las inversiones aprobadas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), y dentro de su componente 2, denominada “Implementación de la Agenda Urbana Española: Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana” y de la Componente 11 denominado “Modernización de las Administraciones públicas”, se destinarán unos 7.820 mill. € a la rehabilitación de edificios existentes del ámbito residencial privado y público, así como para edificios de titularidad de las 3 administraciones públicas, durante el periodo 2020-2023.
Lo importante es que para que un proyecto de rehabilitación pueda ser financiado por el PRTR deberá ahorra un mínimo del 30% de energía primaria no renovable y cumplir con “el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (Do No Significant Harm), principio DNSH. Las tecnologías de automatización y control de edificios juegan un papel fundamental para alcanzar estos objetivos, así como la para la integración de las energías renovables y los puntos de recarga de los vehículos eléctricos en los edificios.
Esta y otra información más detallada sobre las líneas de ayuda a la rehabilitación energética de edificios mediante tecnologías de ahorro y la incorporación de energías renovables, las podrán encontrar en:
https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-la-rehabilitacion-de-edificios
https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/agenda_urbana_y_vivienda